Si bien es claro que los organismos como el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) y el INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) cuentan con autorización para llevar a cabo la tarea de fiscalización a través de ciertos esquemas que los patrones y distintos sujetos están obligados a cumplir.
Uno de estos esquemas es el Dictamen IMSS e INFONAVIT, los cuales fueron creados con el fin de fiscalizar indirectamente a los patrones, que son los encargados de cumplir con las cuotas por parte de dichas instituciones.
En el caso del dictamen para el INFONAVIT, las empresas no tienen obligación de presentarlo, es opcional llevar un control sobre dicha materia. Para efectos del IMSS existen casos en los que no se considera de índole obligatorio presentar dicho acto, esto es fundamentado en el Art. 16 párrafo II de la LSS (Ley del Seguro Social), donde hace mención sobre optar por dictaminar en materia de seguridad social y vivienda. De no estar obligado y opta por dictaminar dicho Art. menciona que el patrón que haya elegido esta opción queda absuelto de una visita domiciliaria siempre y cuando cumpla con tener una opinión positiva por parte del Contador autorizado que realizó el dictamen y, si se tuvo diferencias, que estas sean aclaradas o en su caso que hayan sido pagadas.
¿DONDE DEBO PRESENTARLO?
Existen dos maneras de presentar el dictamen, en línea o de forma presencial. La primera es por medio del programa SUDINET (Sistema Único de Dictamen a través de Internet), la segunda es acudiendo a la subdelegación que le corresponde al patrón, , en ambos casos se debe presentar la información que solicite la Institución.
BENEFICIOS
- Evita ser sujeto de revisión por parte del IMSS.
- En el supuesto de tener diferencias a cargo, tienen la facilidad de pagar en parcialidades.
- Mejorar el control interno de la empresa sobre las cuotas que se realizan a la Institución.
- Establecer planes de acción para evitar desviaciones o mejorar el pago de las contribuciones, tomando en cuenta las recomendaciones de Contador Autorizado.
- Evitar los pagos por incumplimiento.
¿QUE INFORMACION SE DEBE PRESENTAR?
Si se presenta el dictamen de forma presencial se deberán contar con dicha información:
- Carta de presentación del dictamen del Seguro Social (DCIP-03), en el caso de patrones en la Industria de la Construcción (DCIP-04).
- La opinión del Contador Público autorizado, la cual debe ser elaborada únicamente con estos modelos de opinión; opinión limpia, opinión sin salvedad, opinión con salvedad, con abstención de opinión u opinión negativa.
- Los anexos I al V, los cuales se encuentran publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en el acuerdo ACDO.SA2.HCT.240413/83.P.DIR. En el caso de que los patrones cuenten con varios registros patronales se deberán presentar con el apartado “A” correspondientes a cada número de anexo.
- Las cédulas para la formulación del dictamen por Contador Público autorizado de los patrones de la industria construcción, así como, los instructivos respectivos a cada una de estas. Dichas cedulas publicadas en el DOF, acuerdo ACDO.SA2.HCT.250913/292.P.DIR
- Balanzas de comprobación analítica al menos a primer nivel en idioma español, por cada una se las subcuentas de costos y gastos, al igual que las cuentas de balance que tengan alguna relación con sueldos y salarios.
- Comprobantes de los avisos de afiliación y modificaciones salariales que se presentaros ante el IMSS, en caso de que se haya determinado omisiones de trabajadores o en la integración del Salario Base de Cotización (SBC).
- En el caso de haber determinado diferencias, presentar los comprobantes de pago por dicho concepto, si se realizó un convenio para pagar a plazos se debe presentar el convenio que haya sido debidamente autorizado por el Departamento de Cobranza y la primera parcialidad efectuada.
De elegir presentar el Dictamen vía SUDINET, la información con la que se debe contar es la misma que se requiere para presentarlo de manera presencial, agregando también esta información:
- Firma Electrónica Avanzada(FIEL)
- Numero Patronal de Identificación Electrónica.
- Certificado digital del IMSS para tener acceso a la página SUDINET.
- La carta de presentación, el modelo de opinión, los anexos y las cedulas para patrones de la industria de la construcción, todos estos deberán enviarse a través del link http://dictamendigital.imss.gob.mx/SudiNet/
Conclusión: Es importante evaluar si es benéfico para la empresa optar por dictaminar en este ramo de seguridad social al igual que de vivienda, ya que, en muchos casos aunque la empresa no este obligada a hacerlo podría ser de gran ayuda para mejorar el gobierno corporativo y el control interno de esta. Se deben tomar en cuenta todos los requisitos para presentar el dictamen, uno de los puntos más importantes es que el Contador que vaya a realizar la labor de dictaminar este autorizado por el IMSS de lo contrario, dicho acto será inválido.